Finaliza la ultima fase de aportaciones al nuevo Reglamento de reutilización de las aguas
El nuevo marco legal para la reutilización de las aguas ya está más cerca, tras finalizar las aportaciones al Consejo Asesor del Medio Ambiente (CAMA).
AQUA ESPAÑA, a través de CEOE, miembro del CAMA, valora positivamente las aportaciones realizadas, orientadas a optimizar la reutilización del agua en la industria, incluido el sector alimentario.
Este reglamento es de enorme importancia en España teniendo en cuenta la situación de sequía y de escasez de agua que están viendo algunas zonas del territorio nacional, y que se estima estructural.
El sector industrial en su conjunto lleva muchos años haciendo un gran esfuerzo para realizar un consumo sostenible del agua. Este esfuerzo, además de a la economía circular, está fuertemente ligado a las actividades que deberá llevar a cabo la industria de cara a afrontar la adaptación climática. Debe considerarse la continua inversión en I+D+i realizada en España, lo que ha conllevado que nuestro país sea líder en tratamiento y regeneración de agua, exportando esta tecnología a una gran cantidad de países, lo cual conlleva una potencial ventaja competitiva en lo que al posible uso de agua regenerada se refiere.
El sector respalda el uso industrial del agua regenerada en aquellos casos en los que este uso sea técnicamente viable. Dichas condicionantes técnicas atenderán a la disponibilidad del recurso (tras el aseguramiento del caudal ecológico), cercanía (aguas arriba y próximo), aseguramiento de su calidad (concentraciones de materia orgánica controladas) y uso ulterior que asegure las condiciones higiénico-sanitarias pertinentes.
En este sentido agradecemos la modificación realizada en el nuevo texto del Real Decreto respecto al texto presentado en el Consejo Nacional del Agua, por la cual se ha incorporado una solicitud que el sector lleva realizando hace tiempo, com es permitir el uso de agua regenerada para las aguas de limpieza de materias primas, superficies, materiales y objetos destinados al contacto con alimentos, siempre y cuando esta agua regenerada cumpla con lo establecido en el artículo 65 del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
Por otro lado, consideramos necesario que este Real Decreto ayude a regular la captación y reutilización de aguas en la agricultura, especialmente la captación de las aguas que discurren por los invernaderos o los tejados de naves e instalaciones, así como los lixiviados de aguas de riego tanto en cultivos hidropónicos como en cultivos en suelo. Una regulación general en este sentido contribuirá a la unificación de criterios en los diferentes territorios.
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